Qué comisiones no puede cobrar el banco según el Banco de España

Revisar los movimientos de la cuenta corriente y descubrir cargos inesperados por conceptos abstractos es una de las mayores causas de descontento entre los clientes financieros en España. Con frecuencia, los usuarios dan por bueno cualquier cobro que aplique su entidad bancaria, bajo la falsa creencia de que, si el banco lo carga, es porque la ley se lo permite.

Sin embargo, el escenario regulatorio es muy distinto. Aunque en España existe un régimen de tarifas libres que permite a las entidades fijar el precio de sus servicios, el Banco de España ejerce una estricta labor de supervisión a través de sus Criterios de Buenas Prácticas Bancarias. El supervisor financiero establece límites infranqueables y determina, de forma tajante, que existen una serie de comisiones que los bancos no pueden cobrar bajo ninguna circunstancia. Estos cobros se consideran malas prácticas o comisiones indebidas y el cliente tiene el derecho absoluto de exigir su devolución.

Si quieres dejar de regalar dinero a tu entidad financiera, en esta guía completa y detallada para 2026 te explicamos cuáles son las comisiones prohibidas por el Banco de España, los argumentos legales que te protegen y el procedimiento exacto para recuperar tus ahorros.

El criterio de oro del Banco de España: ¿Cuándo es ilegal una comisión?

Para entender por qué el supervisor financiero prohíbe determinados cargos, es fundamental conocer la norma matriz que regula las comisiones en nuestro país. El Departamento de Conducta de Entidades del Banco de España estipula que, para que cualquier comisión bancaria sea legal y legítima, debe cumplir obligatoriamente dos requisitos concurrentes:

  1. Debe responder a un servicio efectivamente prestado: La entidad no puede cobrarte por un servicio ficticio, genérico o que no hayas solicitado o aceptado expresamente de forma previa.
  2. Debe responder a un gasto real y demostrable: El importe de la tarifa debe estar directamente justificado por los costes reales en los que ha incurrido el banco para prestarte dicho servicio.

Si un banco te aplica una tarifa de forma automática, utilizando un algoritmo informático, sin que exista una gestión humana personalizada y sin aportarte un beneficio o servicio real, esa comisión es nula de pleno derecho.

Lista de comisiones que el banco NO puede cobrarte

A continuación, desglosamos las cinco comisiones prohibidas o catalogadas como malas prácticas recurrentes por el Banco de España que los servicios de atención al cliente y los tribunales obligan a devolver de forma sistemática:

1. Comisión de mantenimiento en cuentas exclusivas para la hipoteca

Es uno de los abusos más perseguidos. Ocurre cuando un cliente contrata un préstamo hipotecario y el banco le obliga a abrir una cuenta corriente en su entidad con el único fin de domiciliar el pago de las cuotas mensuales o de los seguros vinculados obligatorios.

  • Para hipotecas firmadas antes de abril de 2012: El criterio del Banco de España es inflexible. Si la cuenta corriente se utiliza de forma exclusiva para la gestión del préstamo, el banco tiene prohibido cobrar comisiones de mantenimiento o administración. El cobro es 100% ilegal y reclamable.
  • Para hipotecas firmadas después de abril de 2012: Solo es legal cobrar mantenimiento si se informó de ello de manera clara y expresa en las condiciones previas (en la FEIN), si se especificó el coste exacto de la comisión en el contrato de la hipoteca y si este precio no se incrementa de forma unilateral a lo largo de la vida del crédito. Cualquier subida de precio imprevista es ilegal.

2. Comisión automática por reclamación de posiciones deudoras (Descubiertos)

Cuando una cuenta se queda en números rojos o te retrasas unos días en el pago de un recibo, los bancos cargan de forma inmediata una penalización fija que suele oscilar entre los 30 y los 49 euros.

El Banco de España dictamina que el cobro automático de esta comisión es una mala práctica e ilegal. Para que el banco pueda cobrarte esta tarifa, tiene la obligación legal de demostrar que ha realizado una gestión de reclamación humana, real, efectiva y personalizada (como el envío de una carta certificada o un burofax). No pueden cobrarte 35 euros por el simple envío de un SMS o correo electrónico automatizado por un sistema informático.

3. Comisión por emisión de certificado de deuda cero

Una vez que un cliente termina de pagar el 100% de su hipoteca y desea liberarla en el Registro de la Propiedad, la notaría le exige un documento firmado por el banco que certifique que el préstamo está totalmente liquidado. Muchas entidades intentan cobrar entre 60 y 200 euros por entregar este folio.

El Banco de España ha reiterado en numerosas circulares que la entrega del certificado de saldo cero es una obligación legal del banco y un derecho completamente gratuito para el consumidor. Cobrar por este documento es ilegal.

4. Comisión por ingreso de efectivo en ventanilla a favor de terceros

Ocurre cuando acudes físicamente a una oficina bancaria para realizar un ingreso de dinero en metálico en la cuenta corriente de otra persona (por ejemplo, para pagar el alquiler o una tasa escolar) y el cajero te exige el pago de un recargo de entre 2 y 5 euros por tramitar la operación desde la ventanilla.

El supervisor financiero determina que el servicio de caja es una función inherente al contrato de cuenta corriente que el titular del depósito ya sufraga mediante sus propias condiciones. Exigir un pago extra a un tercero por realizar un ingreso básico supone cobrar dos veces por el mismo servicio, lo cual vulnera los principios de buenas prácticas.

5. Comisiones en cuentas inactivas que generen saldo negativo

Si un usuario deja una cuenta corriente olvidada con saldo a cero y sin ningún tipo de movimiento, el banco no puede continuar aplicando comisiones de mantenimiento de forma indefinida hasta generar una deuda ficticia de números rojos para luego reclamársela al cliente. El Banco de España establece que, si una cuenta no registra actividad operativa y el cliente no la utiliza, la entidad no está prestando ningún servicio real que justifique el devengo de comisiones.

Tabla resumen: Comisiones prohibidas vs. Comisiones permitidas

Utiliza la siguiente tabla de referencia rápida para comprobar si los cargos que te aplica tu entidad bancaria vulneran la normativa del supervisor:

Concepto de la Comisión¿Cuándo es PROHIBIDA / ILEGAL?¿Cuándo es PERMITIDA / LEGAL?
Mantenimiento con hipoteca antiguaSiempre, si la cuenta solo se usa para pagar la cuota de la hipoteca.Nunca (Si el contrato es anterior a abril de 2012).
Reclamación de descubiertoSi se carga de forma automática mediante un sistema informático.Si el banco demuestra una gestión de reclamación real y personalizada por escrito.
Certificado de saldo ceroSiempre. El banco tiene la obligación de entregarlo sin costes.Nunca. Debe ser un trámite 100% gratuito por ley.
Ingreso en ventanillaSi realizas un ingreso estándar en efectivo en la cuenta de un tercero.Si se solicita un servicio especial accesorio (ej. emitir un documento de pago certificado).
Cuentas inactivas a ceroSi el cobro de la custodia genera números rojos automáticos en una cuenta sin uso.Si la cuenta mantiene operativa comercial y servicios activos contratados.

Guía de acción: Cómo reclamar las comisiones indebidas

Si has verificado los extractos de tu cuenta corriente y has localizado cualquiera de estos cargos prohibidos, debes activar el procedimiento formal de reclamación extrajudicial. No malgastes tu tiempo discutiendo de forma verbal con los empleados de tu sucursal, ya que las palabras no dejan constancia legal. Sigue rigurosamente estas fases:

Paso 1: Inventariar los cargos del banco

Accede a tu banca online a través de la web o de la aplicación y extrae el historial de movimientos de los últimos años. Localiza cada uno de los apuntes que correspondan a las comisiones abusivas identificadas. Crea una lista clara reflejando la fecha exacta del cargo, el concepto reflejado en el recibo y el importe neto cobrado. Suma todas las cantidades para conocer la cifra total de tu devolución.

Paso 2: Enviar el escrito al Servicio de Atención al Cliente (SAC)

Debes redactar una reclamación formal por escrito dirigida expresamente al Servicio de Atención al Cliente (SAC) de la sede central de tu banco (no a tu sucursal de barrio). En este documento debes reflejar tus datos personales, tu número de cuenta, el desglose de las comisiones que impugnas y la fundamentación jurídica correspondiente, citando los Criterios de Buenas Prácticas del Banco de España aplicables a tu caso.

Para asegurar que el trámite tiene plena validez, preséntalo por una vía que emita un justificante inatacable:

  • Presentación en oficina: Lleva dos copias idénticas en papel y exige que el empleado selle, firme y feche tu copia personal como resguardo de registro.
  • Burofax: Envía el escrito con acuse de recibo y certificación de texto. Es la vía más contundente y profesional.

El SAC de la entidad dispone por ley de un plazo máximo de un mes para emitir una resolución oficial y devolverte el dinero.

Paso 3: Elevar la queja ante el Banco de España

Si el Servicio de Atención al Cliente desestima tu escrito, ignora tu burofax transcurrido el mes de plazo (silencio administrativo) o te ofrece un abono parcial insuficiente, se agota la vía interna.

El siguiente paso consiste en interponer una reclamación formal y gratuita ante el Departamento de Conducta de Entidades del Banco de España a través de su oficina virtual. Adjunta la copia sellada de la reclamación previa que pusiste en el SAC y los extractos de los cargos. Cuando el Banco de España emite un dictamen desfavorable indicando que la entidad incurrió en una mala práctica al cobrar comisiones prohibidas, la inmensa mayoría de los bancos claudican y te ingresan el dinero de inmediato para evitar expedientes sancionadores mayores.

Preguntas frecuentes (FAQ) sobre la normativa del Banco de España

1. ¿Son vinculantes las resoluciones del Banco de España?

Técnicamente, las resoluciones del Banco de España no son vinculantes por ley. Esto significa que el supervisor no tiene la potestad jurídica de obligar físicamente al banco a ingresarte el dinero ni puede imponer una ejecución forzosa. Sin embargo, en la práctica, más del 80% de los bancos españoles acatan el dictamen del supervisor y devuelven las cantidades de forma voluntaria. Saben que acumular informes desfavorables daña gravemente su reputación, puede provocar inspecciones de conducta y les sitúa en una posición de debilidad total si el cliente decide acudir posteriormente a la vía judicial.

2. ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar estas comisiones en 2026?

Para cuentas corrientes que se mantienen integradas en el tráfico bancario ordinario actual, el plazo de prescripción general aplicable para exigir la responsabilidad por incumplimiento contractual basándose en el Código Civil es de 5 años. Esto significa que puedes revisar tus extractos históricos e incluir en tu escrito de reclamación todas las comisiones prohibidas o automáticas que te hayan cobrado durante los últimos 60 meses de relación comercial con la entidad.

3. ¿Qué es una cuenta de pago básica y quién tiene derecho a ella de forma gratuita?

Para evitar los abusos en las comisiones de mantenimiento, el Real Decreto-ley 19/2017 regula las cuentas de pago básicas. Todos los bancos en España tienen la obligación legal de ofrecer una cuenta corriente cuyo coste máximo por ley está limitado a 3 euros al mes, incluyendo el mantenimiento, la tarjeta de débito y hasta 120 transferencias anuales. Además, si el cliente demuestra encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica o riesgo de exclusión social, esta cuenta de pago básica debe ser proporcionada por el banco de forma 100% gratuita y libre de comisiones.

Conclusión: Haz valer tus derechos frente a los abusos bancarios

Las comisiones bancarias indebidas o prohibidas constituyen una práctica comercial generalizada que se nutre directamente de la falta de información de la ciudadanía. Las entidades financieras conocen a la perfección los Criterios de Buenas Prácticas del Banco de España, pero continúan aplicando recargos automáticos masivos confiando en que la mayoría de los usuarios preferirá asumir la pérdida económica antes que iniciar un trámite de reclamación.

No permitas que tu banco retenga de forma injusta unos ahorros que te pertenecen legítimamente. Organizar tus movimientos contables, redactar un escrito formal fundamentado en los criterios del supervisor y exigir tus derechos ante el Servicio de Atención al Cliente es un procedimiento sencillo, accesible y con una tasa de éxito extraordinaria. Toma hoy mismo la iniciativa, revisa tus extractos y ejerce tu derecho a reclamar las comisiones prohibidas por el Banco de España para sanear de forma definitiva tu salud financiera familiar.

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